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Para profesionales de la salud

Modelo de indicación médica

Para gestionar la cobertura de la leche de burra ante obras sociales y prepagas. Completalo, adaptalo a tu criterio e imprimilo —en tu membrete si preferís— para firmarlo.

Leyes 27.305 y 27.611 · APLV
EQUSLAC · Congelada (RNPA 04081462) y Liofilizada (RNPA 04091604) — ANMAT
equslac.com · @equslac · ventas@equslac.com · 358 570 1185
Modelo orientativo. El profesional de la salud puede adaptarlo libremente a su criterio y a la situación clínica del paciente. Los campos entre líneas se completan a mano o digitalmente.

Lugar y fecha:

Sra./Sr. Auditor/a Médico/a
Obra Social / Prepaga:
Afiliado/a N.º:

De mi mayor consideración:

En mi carácter de médico/a tratante, dejo constancia de que el/la paciente , DNI N.º , nacido/a el , presenta diagnóstico de Alergia a la Proteína de la Leche de Vaca (APLV) (mediada / no mediada por IgE).

El/la paciente presentó intolerancia o respuesta clínica insuficiente a las fórmulas indicadas previamente (p. ej. extensamente hidrolizadas, elementales de aminoácidos u otras), con persistencia de la sintomatología.

En razón de lo expuesto, indico el consumo de leche de burra pasteurizada marca EQUSLAC (congelada, RNPA 04081462 / liofilizada, RNPA 04091604) como alternativa nutricional, en una cantidad de litros mensuales, por un período de meses, sujeto a revaluación clínica.

Solicito a la entidad la cobertura al 100 % de la prestación indicada, de conformidad con la Ley 27.611 y su Decreto reglamentario 515/2021 (provisión de leche y fórmulas durante los primeros 1000 días de vida) y la Ley 27.305. La presente indicación se funda en la evolución clínica del paciente y en el criterio profesional del médico tratante (Ley 17.132).

Sin otro particular, saludo a usted atentamente.

Firma y sello:
Dr./Dra.:
M.P. / M.N.:  ·  Especialidad:
Fundamento: el Programa Médico Obligatorio es un piso mínimo, no un tope; la prescripción del médico tratante prevalece cuando se funda en la evolución clínica del paciente. Las guías internacionales DRACMA (WAO) reconocen la leche de burra como alternativa en APLV. Existe además un antecedente judicial (Justicia Federal, 2026) que ordenó la cobertura al 100 % de la leche de burra EQUSLAC.
Leche de burra EQUSLAC · Congelada (RNPA 04081462) y Liofilizada (RNPA 04091604) · Elaborada por Card Solutions S.A.S — ANMAT
Documento modelo, de carácter orientativo. No reemplaza el criterio del profesional de la salud. · equslac.com